En Nova Extranjería te asesoramos para conseguir tu tarjeta de familiar comunitario

Las personas que tienen derecho a solicitar y obtener la tarjeta de familiar comunitario son los familiares de ciudadano español o de otro país integrante de la Unión Europea (UE) o de otro país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza, que no hayan adquirido la nacionalidad de uno de dichos países, cuando le acompañen o se reúnan con este, y necesiten residir en España durante un periodo que supere los tres meses.

Los Estados miembros que integran la Unión Europea y los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo son Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia e Islandia, Noruega y Liechtenstein, pues estos tres últimos firmaron dicho acuerdo aunque no pertenecen a la Unión Europea.

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Como puede ver, son numerosos los trámites y requisitos que se deben cumplir y los periodos de tiempo muy cortos. Por eso, le recomendamos que consulte con nuestros expertos en Derecho de Extranjería para garantizar la correcta realización de todos los trámites. Si desea agilizar el proceso, solicite la gestión de los trámites por vía telemática, ¡la última novedad!

Somos una gestoría para trámites de Extranjería con muchos años de experiencia. Si le ha parecido interesante este contenido sobre la tarjeta familiar comunitaria en España, ¡compártalo con sus amigos! 🙂

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Fuente: el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Gobierno de España

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