1. ¿Qué es la residencia y trabajo por cuenta propia?

La Residencia y Trabajo por Cuenta Propia es una autorización que permite a ciudadanos extranjeros no comunitarios mayores de 18 años residir legalmente en España y desarrollar su propio negocio o actividad profesional.

Esta modalidad es ideal para quienes desean:

  • Abrir una empresa o trabajar como autónomos
  • Tener control de su proyecto profesional
  • Residir en España de forma regular con su familia

2. ¿Quién puede solicitarla y cómo hacerlo?

Desde el país de origen:

 Se solicita junto con el visado de residencia y trabajo por cuenta propia.

Desde España:

 Si ya resides legalmente (por estudios, prácticas, arraigo, etc.), puedes modificar tu estatus a cuenta propia.

Excepcionalmente, si tienes una necesidad urgente y demostrable, puedes solicitar la modificación antes del primer año de residencia.

  • Esta autorización tiene una duración inicial de 1 año y está limitada a la actividad y provincia solicitada. Para que sea válida, deberás darte de alta en la Seguridad Social y cumplir con las obligaciones fiscales.

3. Requisitos

  • No encontrarse en situación irregular en España
  • No tener antecedentes penales en los últimos cinco años
  • Tener reconocida la protección por cese de la actividad
  • Acreditar viabilidad del proyecto y recursos económicos suficientes
  • Cumplir con los requisitos legales del negocio (licencias, normativas locales, etc.)
  • No haber suscrito un compromiso de no retorno
  • Abonar la tasa correspondiente

📌 Importante:

 La renovación permite trabajar por cuenta propia y también por cuenta ajena en todo el territorio español, con una autorización de 4 años.


4. Proceso de renovación

¿Cuándo renovar tu residencia?

  • Desde 2 meses antes hasta 3 meses después de su vencimiento (aunque fuera de plazo puede haber sanciones).

Beneficios de la renovación:

  • Autorización válida por 4 años
  • Libertad para trabajar en cualquier sector y comunidad autónoma
  • Se considera aprobada si en 3 meses no hay respuesta administrativa

5. Documentación necesaria

  • Formulario (por duplicado y firmado)
  • Pasaporte vigente (mínimo 4 meses)
  • Certificado de antecedentes penales (últimos 5 años)
  • Plan de negocio detallado y realista
  • Prueba de recursos económicos para iniciar la actividad y cubrir gastos
  • Títulos o certificados de formación relacionada con la actividad
  • Estar al corriente de obligaciones en AEAT y SS
  • Escolarización de menores a cargo.
  • Informes de viabilidad empresarial (opcional pero recomendable):
    • ATA (Federación Nacional de Autónomos)
    • UPTA (Unión de Profesionales Autónomos)
    • CIAE (Confederación Intersectorial de Autónomos)

6. Traducción y legalización de documentos

Traducción oficial:

 Todos los documentos en idioma extranjero deben ser traducidos por un traductor jurado al castellano o lengua cooficial correspondiente.

Legalización o apostilla:

  • Apostilla (Convenio de La Haya)
  • Legalización vía consulado español o Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Algunas exenciones aplican según convenios internacionales

7. ¿Por qué hacerlo con Nova Extranjería?

En Nova Extranjería no solo tramitamos tu solicitud: te acompañamos desde el inicio hasta la obtención de tu residencia legal en España.

  • Asesoramiento personalizado por asesores expertos
  • Atención en varios idiomas: español, árabe, francés, inglés y portugués
  • Revisión profesional de tu plan de negocio
  • Traducciones juradas en nuestra propia oficina

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