Residencia no lucrativa
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Consigue la residencia no lucrativa con Nova Extranjería
La autorización de residencia no lucrativa, también llamada residencia sin trabajo, es una autorización que permite al extranjero permanecer de modo legal en España por un periodo superior a 90 días sin realizar ninguna actividad laboral. La solicitud para obtener la residencia no lucrativa la realiza el propio extranjero desde el consulado de su país de residencia.
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Lo que necesitas saber
Ventajas y beneficios de la residencia no lucrativa
La adquisición de la residencia no lucrativa o la residencia sin trabajo supone varias ventajas más allá de las propias condiciones que conlleva por definición este tipo de autorización.
Si usted cuenta con una autorización de residencia no lucrativa, no depende de ningún empleador ni de ningún reagrupador, ni se le exige estar de alta con las obligaciones tributarias para conservar la tarjeta; usted depende únicamente de sus medios económicos para poder renovar la residencia no lucrativa hasta que le concedan la nacionalidad española, obtenga una residencia de trabajo o decida realizar otros trámites o desplazarse a otros territorios.
Con la residencia no lucrativa inicial, puede establecerse en España junto con su cónyuge e hijos, es decir, puede solicitar la autorización simultáneamente para usted y para sus familiares.
En caso de que usted tenga hijos durante su estancia con la residencia no lucrativa, sus hijos podrán acceder a la nacionalidad española un año después de nacer.
☑️ Además, podrá reagrupar a sus familiares ascendientes y descendientes después de la renovación de su autorización de residencia no lucrativa.
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A pesar de que la residencia no lucrativa no le permite llevar a cabo una actividad lucrativa en territorio español, sí puede hacerlo en otros países, siempre y cuando los periodos en los que permanezca fuera de España no afecten al mínimo que deba encontrarse en territorio español y a su residencia efectiva en España.
El permiso de residencia no lucrativa le permite estudiar en centros españoles e incluso realizar prácticas remuneradas en universidades, pues de conformidad con el artículo 2.3 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, las prácticas universitarias tienen un carácter netamente formativo y por ende no tienen naturaleza laboral.
¿Cómo se solicita la residencia no lucrativa?
Para solicitar la autorización de residencia no lucrativa debe presentar personalmente su solicitud en la misión diplomática u oficina consular española de la demarcación donde resida. Si es usted menor de edad, deberán hacerlo sus padres, tutores o representantes acreditados en su nombre.
Deberá abonar en el consulado las tasas que se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles.
➜ Tasas de expedición del visado
➜ Tasa por autorización de residencia según el modelo 790 con código 052 que encontrará en la Sede electrónica de las Administraciones Públicas en un plazo de diez días desde que se admita a trámite su solicitud.
Se notificará la resolución en un plazo de tres meses a partir del día siguiente a la fecha en la que se haya registrado la solicitud en el órgano competente. Si la Administración no emite una notificación expresa en este plazo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
Una vez concedida la autorización, deberá recoger personalmente su visado en el plazo de un mes; de no hacerlo, se entiende que renuncia a él. Deberá entonces entrar en España dentro del plazo de vigencia del visado y el cual nunca será superior a 3 meses (Art. 48.8 del Reglamento de Extranjería).
La autorización inicial tiene una vigencia de un año que se cuenta desde la fecha en la que entre en España. Antes de expirar, puede renovarlo por dos años más u optar a modificar la autorización y cambiarla por otro tipo de autorización, como por ejemplo la que autoriza a trabajar.
Desde que usted entre en España, dispone de un mes para solicitar personalmente su tarjeta de identidad de extranjeros en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía Nacional de la provincia en la que haya tramitado su autorización. Tenga en cuenta que en algunos de estos organismos es necesario solicitar cita previa en la Sede electrónica de las Administraciones Públicas.
En el momento del trámite de huella para que se le haga entrega de la tarjeta, usted deberá presentar la siguiente documentación:
⇢ Pasaporte o título de viaje.
⇢ La solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero, conforme al modelo EX-17, que se puede descargar en formato PDF en la Sede electrónica de las Administraciones Públicas.
⇢ El justificante de haber abonado la tasa de la expedición de la tarjeta en la Sede electrónica de las Administraciones Públicas.
⇢ Tres fotografías tamaño carné, recientes y en color con el fondo blanco.
Nuestros expertos en derecho de extranjería pueden asesorarle y llevar a cabo cualquier trámite administrativo por usted de forma rápida y segura y con todas las garantías. Ponga su caso en manos de profesionales, en Nova Extranjería, le ofrecemos un servicio personalizado para que obtenga su permiso de residencia no lucrativa.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la residencia no lucrativa?
Para optar a que se le conceda la autorización de residencia no lucrativa, debe reunir los siguientes requisitos:
✅ No ser ciudadano de ningún Estado miembro de la UE, ni del Espacio Económico Europeo (EEE) ni de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a los que se aplique el régimen de ciudadano de la Unión.
✅ No debe encontrarse irregularmente en territorio español.
✅ Debe carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido anteriormente por delitos existentes en el ordenamiento español.
✅ No debe tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en el territorio de países con los que España tenga un convenio en tal sentido.
✅ Debe contar con los medios económicos necesarios para sufragar gastos de estancia y regreso tanto de usted mismo como de sus familiares, si fuese el caso. Así, debe contar con el 400 % del IPREM* para su sostenimiento mensual (2 194,40 €) o de 26 332,80 € al año, y con el 100 % del IPREM (548,60 € mensual) o de 6 583,20 € al año para el de cada uno de sus familiares.
* Para determinar la cuantía suficiente para acreditar la solvencia económica, se tiene en cuenta el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) actual que es 548,60 € (año 2020).
✅ Debe contar con un seguro público o privado de enfermedad con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
✅ No debe padecer ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones de salud pública graves según lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional.
✅ No debe encontrarse en el plazo de compromiso de no retorno a España si ha asumido acogerse a un programa de retorno voluntario.
Si tiene alguna duda respecto a estas condiciones o cualquier otra pregunta, en Nova Extranjería somos expertos en solicitud de residencia no lucrativa, conocemos el funcionamiento de los consulados de varios países y podemos asesorarle y estudiar su caso para ofrecerle la información o los servicios que mejor se adapten a sus necesidades.
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¿Qué documentos debo presentar para solicitar la residencia no lucrativa?
⚠️ Recuerde que debe aportar copias de todos los documentos y mostrar los originales en el momento de presentar su solicitud. 📃📃
No olvide que los documentos expedidos en otros países o en idiomas distintos al español o a la lengua cooficial del territorio donde presente su solicitud deben ser traducidos.
Tenga en cuenta que los documentos públicos extranjeros deben estar previamente legalizados por la Oficina Consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento, o por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Esto no será necesario si su documento ha sido apostillado por la autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya (Apostilla de la Haya) y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud del Convenio Internacional.
En Nova Extranjería, podemos encargarnos de sus traducciones y legalizaciones o apostillas en el país de origen para asegurar que los documentos presentados cumplen con los requisitos necesarios. Solicite su presupuesto en la dirección 📧 info@novaextranjeria.com. Háganos llegar la documentación e infórmenos de sus necesidades, nos pondremos en contacto con usted para informarle de todos los detalles. 👍🏻
Listado de documentos
⤷ Impreso de solicitud de visado nacional por duplicado, cumplimentado y firmado por usted o su representante legal si es menor de edad. Puede obtenerlo en http://www.exteriores.gob.es/Consulados/MEXICO/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/InformacionVisadosyOtrosTramites/Formularios-comunes.
⤷ Modelo EX-01, que se podrá descargar del Portal de Inmigración.
⤷ Su pasaporte o título de viaje con vigencia mínima de un año y reconocido como válido en España.
⤷ Su certificado de antecedentes penales si es usted mayor de edad penal expedido por las autoridades del país de origen o del país donde haya residido en los últimos cinco años.
⤷ La documentación que acredite que dispone de medios económicos suficientes para el periodo que solicita. Puede acreditarlo con títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito acompañadas de la certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito en la tarjeta. En caso de que los medios procedan de acciones o participaciones en empresas españolas, se acreditarán certificando que usted, como solicitante, no ejerce actividad laboral alguna, y deberán acompañarse de declaración jurada.
⤷ Documentación que acredite que dispone de seguro médico.
⤷ Certificado médico que habrá que consultar en cada consulado las clínicas médicas que tienen acreditadas para emitir este certificado que demuestra que usted no padece alguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública.
¿Puedo cambiar mi residencia no lucrativa a residencia de trabajo?
Así es. De hecho, con frecuencia los extranjeros que se plantean invertir en España prefieren conocer primero en persona el lugar o la zona donde quieren establecer su actividad. Tras la primera renovación, la autorización por residencia lucrativa puede modificarse y el extranjero puede adquirir una residencia de trabajo.
La residencia de trabajo puede ser de dos tipos:
- Trabajo por cuenta propia: si es usted titular de residencia no lucrativa y posee los medios necesarios, puede modificar su situación legal y establecer su propia actividad económica en España obteniendo una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Trabajo por cuenta ajena: si es usted titular de residencia no lucrativa y cuenta con una oferta de empleo, puede obtener su permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena.
¿Cuándo tengo que renovar la tarjeta de residencia no lucrativa?
La autorización inicial de residencia no lucrativa tiene una vigencia de un año y para renovarla solamente debe acreditar que sigue contando con los medios económicos suficientes y que no ha abandonado el territorio español por un plazo superior a 6 meses en el plazo de un año.
Con esto queremos decir que el residente extranjero puedo salir y entrar a España con la residencia no lucrativa con total libertad siempre y cuando no supere más de 6 meses en total fuera de España.
La primera renovación se concede por dos años y la segunda renovación por otros dos años también. Es importante tener en cuenta que para estas renovaciones se pide el 400 % IPREM por dos años (26 332,80 € x 2 años) para la persona solicitante y el 100 % del IPREM por dos años para el acompañante, es decir, 6 583,20 € x 2 años para justificar que se cuenta con los medios económicos necesarios para vivir en España durante dos años.
A los 5 años, se podrá pedir la residencia de larga duración que; con el paso del tiempo, se convertirá en una residencia permanente y se podrá acceder transcurrido el periodo necesario en nacionalidad española.
Confíe en Nova Extranjería
Puede llevar a cabo sus trámites administrativos con nuestros expertos en derecho de extranjería. Expónganos su caso y le ofreceremos una atención y un servicio acorde a sus necesidades. En Nova Extranjería, contamos con profesionales experimentados que se asegurarán de que se realizan los trámites correctos con rapidez y seguridad.
Nuestro equipo y experiencia, así como la opinión de nuestros clientes, nos confirman como la mejor gestoría para asesoramiento y trámites de extranjería en Málaga.
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Fuente: el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Gobierno de España
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