1. Autorización de Residencia por Arraigo de Segunda Oportunidad

La Autorización de Residencia por Arraigo de Segunda Oportunidad está diseñada para aquellos extranjeros que han estado residiendo en España de manera regular, pero que no han podido renovar su autorización por diversas razones. A partir del 20 de mayo de 2025, entra en vigor el Reglamento de Extranjería 1155/2024, que regula este tipo de permisos.

2. Requisitos para la Obtención de la Autorización de Residencia por Arraigo de Segunda Oportunidad

Para poder acceder a esta modalidad de residencia, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Haber sido titular de una autorización de residencia temporal durante los dos años previos a la solicitud (excluyendo las otorgadas por circunstancias excepcionales).
  2. La autorización no debe haber sido rechazada por motivos de orden público, seguridad o salud pública.
  3. En caso de tener antecedentes penales, puedes solicitar esta autorización si tienes sentencia absolutoria, sobreseimiento o condena cumplida, que no implique riesgo actual.

3. Documentación Necesaria para Solicitar la Autorización por Arraigo de Segunda Oportunidad

Cuando inicies la solicitud, necesitarás presentar la siguiente documentación:

  • Formulario oficial (modelo EX-10), por duplicado.
  • Pasaporte válido, con un mínimo de 4 meses de vigencia.
  • Certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años.
  • Prueba de haber sido titular de una autorización de residencia temporal dentro de los dos años previos a la solicitud, excluyendo aquellas otorgadas por circunstancias excepcionales.
  • Justificación de la no renovación de la residencia anterior que acredite que no fue por razones de orden público, seguridad o salud pública.
  • Resolución judicial, sobreseimiento o sentencia absolutoria (si aplica) en caso de antecedentes penales previos.
  • Medios económicos o plan de integración (puedes presentar un contrato de trabajo, plan de negocio o informe de integración emitido por la Comunidad Autónoma).
  • Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente.

4. Prórroga del Arraigo de Segunda Oportunidad

Si ya te han concedido la Autorización de Residencia por Arraigo de Segunda Oportunidad, podrás solicitar una prórroga bajo los siguientes criterios:

  • Cumplir con los requisitos iniciales de la autorización.
  • Estar inscrito en el servicio público de empleo como persona en búsqueda activa de empleo.

Importante: La prórroga solo podrá concederse por un período máximo de un año.


Recuerda

La Autorización de Residencia por Arraigo de Segunda Oportunidad es una excelente oportunidad para regularizar tu situación en España si has residido de manera temporal en el país y cumples con los requisitos establecidos.

¡No pierdas esta oportunidad de regularizar tu estancia en España!


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