Residencia por arraigo laboral

El arraigo laboral es uno de los tipos de autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Las autorizaciones de residencia por arraigo están destinadas a aquellos extranjeros que se encuentran en España en situación irregular, es decir, sin una autorización de estancia o de residencia. Este tipo de autorizaciones se conceden con carácter discrecional; el interesado extranjero podrá solicitar la autorización de residencia por arraigo social, familiar o laboral dependiendo de sus circunstancias.

El arraigo laboral es la autorización de residencia por circunstancias excepcionales que se le concede al solicitante tras haber tenido relaciones laborales durante un mínimo de seis meses. Al contrario que en el caso del arraigo social, para solicitar la residencia por arraigo laboral, el interesado no necesita aportar un contrato de trabajo, sino que debe denunciar al empleador por haber estado trabajando durante al menos seis meses sin contrato.

Esta autorización de residencia constituye también una autorización de trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena en España.

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Fuente: el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Gobierno de España

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