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Horario

Lunes a Jueves : 8:30 a 15:00 y 16:00 a 18:00
Viernes: 8:30 a 15:00

nacionalidad española

RESIDENCIA POR ARRAIGO

La autorización de residencia por arraigo es la destinada a aquellos extranjeros que se encuentran en España en situación irregular, es decir, sin una autorización de estancia o residencia, y que se concede con carácter discrecional, habiendo tres tipos distintos de arraigo, como son:

  • Arraigo social;
  • Arraigo familiar;
  • Arraigo laboral.

arraigo laboralarraigo social

  • El Arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puede concederse a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de seis meses.
  • El Arraigo familiar le autorizará a obtener la residencia temporal por circunstancias excepcionales por ser padre o madre de un menor de nacionalidad española, o hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
  • El Arraigo laboral puede permitirle la residencia temporal por circunstancias excepcionales tras haber tenido relaciones laborales durante un mínimo de seis meses.
Nuestra Gestoría NOVA EXTRANJERÍA  se encargará de realizar este trámite.

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