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nacionalidad española

Novedades en nacionalidad española 2019

El Congreso de Extranjería e Inmigración se celebró los días 4 y 5 de octubre del 2019 en Madrid.  Se trata de un evento muy importante para conocer las novedades sobre la situación de los expedientes de nacionalidad española.

A continuación,  vamos a resumir las noticias actualizadas que nos trajo la ponencia de María del Mar López Álvarez, Subdirectora adjunta de Nacionalidad y Estado Civil de la DGRN.

Los titulares más relevantes son los siguientes:

Muchas resoluciones en 2019 

Según su intervención, los expedientes se asignan a los funcionarios por lotes.  Por tanto,  si un funcionario es rápido y tiene un lote de 2019, se resolverá antes lo de 2019.

Los expedientes de nacionalidad Eespañola del antiguo procedimiento 

Estos expedientes se siguen resolviendo junto con los del nuevo procedimiento. La mayoría de los expedientes de 2018 están en proceso de digitalización;  tras la firma de la nueva encomienda con los Registradores de la Propiedad, se están resolviendo los expedientes digitalizados en 2016.

Los expedientes de nacionalidad española del nuevo procedimiento 

Estos expedientes tienen que ser examinados minuciosamente para comprobar que todos los documentos necesarios son aportados.  En este Congreso se nos ha informado del número de funcionarios encargados de resolver los expedientes de nacionalidad española, un total de 170.

Las estadísticas de los expedientes presentados y resueltos 

Por primera vez, el número de los expedientes resueltos es mayor que el de los presentados.

Se han resuelto más de 47.000 expedientes del nuevo procedimiento. Septiembre acabó con sólo un 4% pendientes de revisión, 43% en proceso, 28% con requerimiento y 25% resueltos.

En algunos casos se ha hecho un requerimiento incorrecto debido a un fallo del Ministerio, lo que ha retrasado el proceso. Otra de las causas más frecuentes es no aportar el Auto Judicial para la notificación de la resolución del expediente.

Recomendaciones en cuanto a la documentación  

– No es necesario solicitar la Dispensa en el caso de todos aquellos que tengan el título de la ESO.

– No es necesario aportar el certificado de matrimonio si el matrimonio no está inscrito en un Registro Civil español.

– No es necesario aportar el certificado de antecedentes penales de su país de origen si un menor llega a España, puede demostrar que no ha salido de España y solicita la nacionalidad al cumplir los 18 años.

– Los extranjeros que puedan acreditar su residencia de larga duración, deben aportar la documentación acreditativa de la residencia continuada para evitar requerimientos.

– Solicitar la dispensa de manera previa antes de presentar el expediente. Las solicitadas ya se encuentran digitalizadas.

– Pedir una certificación del centro de alfabetización municipal de la comunidad autónoma para quienes no saben leer ni escribir.

En caso de requerimiento, le llega un aviso al funcionario que revisa los requerimientos y si todo está correcto, el calificador pasa a resolver.

Recomendamos a quienes hicieron la solicitud mediante Colegios de Abogados o  de Gestores que presenten la solicitud en la plataforma electrónica general ya que no pueden aportar nueva documentación.

Retraso de las juras de nacionalidad española 

En general hay 180 días desde la notificación de la nacionalidad española hasta la jura. En caso de que el registro civil tarde en dar una cita, el Ministerio comunicará una instrucción a estos registros para suspender el plazo.

Actualmente, realizar la jura ante notario no es posible.